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AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

LEY 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

q) AGENTE FORESTAL: Funcionario que ostenta la condición de Agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

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miércoles, 17 de mayo de 2017

APNs del Gobierno de Aragón denuncian el uso de métodos prohibidos para la caza en la comarca de Ribagorza

http://aragonhoy.aragon.es/

La utilización de lazos es una práctica ilegal tanto por la Ley de Caza como por el Código Penal
Localización de métodos de caza ilegales
Durante las tareas de extinción de un incendio forestal en la población de Cajigar (Huesca), en la provincia de Huesca días atrás, los Agentes para la Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón (APNs) que actúan en  la comarca de Ribargorza, detectaron el uso de métodos prohibidos para la caza. 
En las tareas de extinción, los APNs localizaron varios piquetes con una sirga a modo de lazo, atados con cuerdas similares a las utilizadas para la escalada. Tras dar por extinguido el incendio, realizaron una minuciosa inspección ocular en la zona y en un amplio perímetro, con el fin de detectar la posible existencia de nuevos sistemas ilegales. Fruto de esta minuciosa inspección se localizan más lazos, utilizando el mismo sistema y ubicados en los pasos obligados de los animales.  
Las diligencias realizadas posteriormente por los APNs han permitido localizar a los autores materiales, quienes han sido denunciados ante la autoridad competente. Los lazos fueron retirados y se encuentran bajo custodia de los agentes para proceder a su destrucción una vez resuelto el expediente sancionador. 
La colocación de lazos es un método cruento de caza no selectivo, totalmente prohibido y contemplado tanto en la Ley de Caza como en el Código Penal. Su utilización viene reflejada como infracción grave en la vigente Ley de Caza, con multas de hasta 3.000 euros, más las indemnizaciones a que diera lugar. El Código Penal contempla este tipo de actividades contra la fauna, especialmente la amenazada, como un delito contra la fauna, pudiendo llegar a penas de prisión. Igualmente prevé la posibilidad de inhabilitación para el ejercicio de la caza, la anulación del acotado o la suspensión de la actividad cinegética.
Desde el cuerpo de Agentes de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón y el propio Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad se invierte un gran esfuerzo en tratar de erradicar este tipo de prácticas prohibidas, con un gran impacto negativo para algunas especies protegidas.

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